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Términos y condiciones
Estos Términos y condiciones generales de la Fundación Webshop Keurmerk se han elaborado en respuesta a las normas de la Asociación de Consumidores en el contexto de la Consulta de Autorregulación del Grupo de Coordinación (CZ) del Consejo Económico Social y entrarán en vigor en junio. 1, 2014.
Tabla de contenido:
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El acuerdo
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y ejecución
Artículo 14 - Duración de las transacciones: duración, cancelación y prórroga
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Procedimiento de reclamación
Artículo 17 - Controversias
Artículo 18 - Garantía de la industria
Artículo 19 - Disposiciones adicionales o diferentes
Artículo 20 - Cambios en los términos y condiciones generales de Stichting Webshop Keurmerk
Artículo 1 - Definiciones
En estas condiciones se aplican las siguientes definiciones:
1. Acuerdo adicional: un acuerdo por el cual el consumidor adquiere productos, contenidos y/o servicios digitales en relación con un contrato a distancia y estos bienes, contenidos y/o servicios digitales son suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre ese tercero y el empresario;
2. Plazo de reflexión: el plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
3. Consumidor: la persona natural que no actúa con fines relacionados con su comercio, negocio, oficio o profesión;
4. Día: día natural;
5. Contenido digital: datos producidos y entregados en formato digital;
6. Acuerdo de duración: acuerdo que se extiende a la entrega regular de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un período determinado;
7. Soporte de datos duradero: cualquier herramienta -incluido el correo electrónico- que permita al consumidor o al empresario almacenar información que le sea dirigida personalmente de manera que permita su consulta o uso futuro durante un período adaptado a la finalidad para la cual la está destinada la información y que permite la reproducción inalterada de la información almacenada;
8. Derecho de desistimiento: opción del consumidor de cancelar el contrato a distancia dentro del período de reflexión;
9. Emprendedor: la persona natural o jurídica, (acceso a) que ofrece contenidos y/o servicios digitales de forma remota a los consumidores;
10. Acuerdo a distancia: un acuerdo celebrado entre el empresario y el consumidor en el contexto de un sistema organizado para la venta a distancia de productos, contenidos y/o servicios digitales, por el cual, hasta e incluyendo la celebración del acuerdo, exclusiva o parcialmente uno o se utilizan más técnicas de comunicación remota;
11. Modelo de formulario de desistimiento: el modelo de formulario de desistimiento europeo incluido en el Anexo I de las presentes condiciones;
12. Tecnología de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario tengan que reunirse en la misma sala al mismo tiempo;
Artículo 2 – Identidad del empresario
Tienda-extensiones-pelo.es
Dirección de visita:
Carrer Antoni Llido 2, 03730 Jávea (Alicante) - España
Teléfono: 0034-722153866. Disponible de lunes a viernes de 9:30 a. m. a 5:00 p. m.
Correo electrónico: info@hairextensions-shop.es
CIF: Z0366789J
Si la actividad del empresario está sujeta a un sistema de licencia pertinente: el
datos sobre la autoridad de control;
Si el empresario ejerce una profesión regulada:
- la asociación u organización profesional a la que esté afiliado;
- el título profesional, el lugar en la UE o en el Espacio Económico Europeo donde se obtuvo;
- una referencia a las normas profesionales que se aplican en los Países Bajos e instrucciones sobre dónde y cómo se puede acceder a estas normas profesionales.
Artículo 3 – Aplicabilidad
1. Estos términos y condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos a distancia celebrados entre el empresario y el consumidor.
2. Antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario indicará antes de la celebración del contrato a distancia cómo pueden consultarse las condiciones generales y que se enviarán de forma gratuita lo antes posible a petición del consumidor.
3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que pueda ser leído por el consumidor. El consumidor puede almacenarse fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que se enviarán gratuitamente por vía electrónica o de otro modo a petición del consumidor.
4. En caso de que se apliquen condiciones específicas de producto o servicio además de estos términos y condiciones generales, los párrafos segundo y tercero se aplicarán mutatis mutandis y, en caso de condiciones contradictorias, el consumidor siempre podrá confiar en la disposición aplicable que sea más adecuada. para él es favorable.
Artículo 4 – La oferta
1. Si una oferta tiene un período de validez limitado o se realiza sujeta a condiciones, así se hará constar expresamente en la oferta.
2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada para permitir una buena valoración de la oferta por parte del consumidor. Si el emprendedor utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores evidentes o errores en la oferta no vinculan al empresario.
3. Cada oferta contiene información que deja claro al consumidor cuáles son los derechos y obligaciones asociados con la aceptación de la oferta.
Artículo 5 – El acuerdo
1. El acuerdo se concluye, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento de la aceptación por parte del consumidor de la oferta y del cumplimiento de las condiciones fijadas.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta electrónicamente, el empresario acusará inmediatamente recibo de la aceptación de la oferta electrónicamente. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
3. Si el acuerdo se concluye electrónicamente, el empresario tomará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para asegurar la transferencia electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario tomará las medidas de seguridad adecuadas.
4. El empresario puede, dentro de los marcos legales, informarse sobre si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como todos aquellos hechos y factores que sean importantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si, basándose en esta investigación, el empresario tiene buenas razones para no celebrar el acuerdo, tiene derecho a rechazar un pedido o solicitud motivadamente o a imponer condiciones especiales a la ejecución.
5. El empresario enviará la siguiente información al consumidor a más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, por escrito o de forma que pueda ser almacenada por el consumidor de forma accesible en un soporte de datos duradero. :
a) la dirección de visita de la sucursal del empresario a la que el consumidor puede acudir para presentar quejas;
b. las condiciones y la manera en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
C. la información sobre garantías y servicio postventa existente;
d. el precio incluyendo todos los impuestos del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los gastos de envío; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
mi. los requisitos para rescindir el contrato si el contrato tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
F. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.
6. Cuando se trate de una operación de duración, lo dispuesto en el apartado anterior sólo se aplicará a la primera entrega.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Para productos:
1. El consumidor puede rescindir un contrato relativo a la compra de un producto durante un período de reflexión de al menos 14 días sin dar motivos. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a indicarlo(s).
2. El período de reflexión a que se refiere el apartado 1 comenzará el día siguiente al de que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor, que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
a.si el consumidor ha pedido varios productos en el mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el último producto. El empresario podrá, siempre que haya informado claramente al consumidor de ello antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con diferentes plazos de entrega.
b. si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o parte;
C. en el caso de contratos de entrega regular de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el primer producto.
Para servicios y contenidos digitales que no se suministran en un soporte tangible:
3. El consumidor puede rescindir un contrato de servicio y un contrato de suministro de contenidos digitales que no se haya entregado en un soporte tangible durante al menos 14 días sin indicar los motivos. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a indicarlo(s).
4. El período de reflexión a que se refiere el apartado 3 comenzará el día siguiente a la celebración del acuerdo.
Plazo de reflexión ampliado para productos, servicios y contenidos digitales que no se entreguen en soporte tangible si no se informa sobre el derecho de desistimiento:
5. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente requerida sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el plazo de reflexión expirará doce meses después de la finalización del plazo de reflexión original determinado de conformidad con los apartados anteriores de este artículo.
6. Si el empresario ha facilitado la información a que se refiere el apartado anterior al consumidor dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del plazo de reflexión original, el plazo de reflexión expirará a los catorce días siguientes al día en que el consumidor haya recibido dicha información.
Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión
1. Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará con cuidado el producto y el embalaje. Sólo desempaquetará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, características y funcionamiento del producto. El principio básico aquí es que el consumidor sólo puede manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.
2. El consumidor sólo será responsable de cualquier reducción de valor del producto que sea consecuencia de una forma de manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
3. El consumidor no es responsable de la depreciación del producto si el empresario no le ha proporcionado toda la información legalmente requerida sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de celebrar el contrato.
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo
1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo al empresario dentro del plazo de reflexión mediante el modelo de formulario de desistimiento o de otro modo inequívoco.
2. Lo antes posible, pero dentro de los 14 días siguientes al día siguiente a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor deberá devolver el producto o entregárselo a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto él mismo. En cualquier caso, el consumidor habrá respetado el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que haya expirado el plazo de reflexión.
3. El consumidor devuelve el producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en el estado y embalaje originales, y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
4. El riesgo y la carga de la prueba para el correcto y oportuno ejercicio del derecho de desistimiento recae en el consumidor.
5. El consumidor corre con los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha declarado que el consumidor debe correr con estos costes o si el empresario indica que él mismo correrá con los costes, el consumidor no tendrá que correr con los costes de devolución.
6. Si el consumidor revoca después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no estén preparados para su venta en volumen limitado o cantidad determinada comience durante el período de reflexión, el consumidor queda el empresario debe una cantidad que es proporcional a la parte de la obligación que ha sido cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento total de la obligación.
7. El consumidor no correrá con ningún coste por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad que no estén preparados para su venta en volumen o cantidad limitados, ni por el suministro de calefacción urbana, si:
a) el empresario no haya facilitado al consumidor la información legalmente requerida sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los costes en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, o;
b. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la prestación del servicio o la entrega de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el período de reflexión.
8. El consumidor no correrá con ningún coste por la entrega total o parcial de contenidos digitales no entregados en soporte tangible, si:
a) antes de su entrega, no haya aceptado expresamente comenzar la ejecución del contrato antes de que finalice el período de reflexión;
b. no ha reconocido que pierde su derecho de desistimiento al otorgar su consentimiento; o
C. el empresario no ha podido confirmar esta afirmación del consumidor.
9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los acuerdos adicionales quedarán disueltos de pleno derecho.
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
1. Si el empresario habilita la notificación del desistimiento por parte del consumidor por vía electrónica, enviará inmediatamente un acuse de recibo tras recibir esta notificación.
2. El empresario reembolsará todos los pagos realizados por el consumidor, incluidos los gastos de envío cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora pero dentro de los 14 días siguientes al día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el empresario se ofrezca a recoger el producto él mismo, podrá esperar con el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra primero.
3. El empresario utiliza el mismo método de pago que utilizó el consumidor para el reembolso, a menos que el consumidor acepte un método diferente. El reembolso es gratuito para el consumidor.
4. Si el consumidor ha optado por un método de entrega más caro que el envío estándar más barato, el empresario no estará obligado a reembolsar los costes adicionales del método más caro.
Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero sólo si lo ha indicado claramente en la oferta, al menos con antelación antes de celebrar el acuerdo:
1. Productos o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia y que pueden producirse dentro del plazo de desistimiento.
2. Contratos celebrados en subasta pública. Una subasta pública se define como un método de venta en el que los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que está personalmente presente o tiene la oportunidad de estar personalmente presente en la subasta, bajo la supervisión de un subastador. y donde el adjudicatario esté obligado a adquirir los productos, contenidos y/o servicios digitales;
3. Contratos de servicio, después de la plena prestación del servicio, pero sólo si:
a. la ejecución se haya iniciado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento tan pronto como el empresario haya ejecutado íntegramente el contrato;
4. Contratos de prestación de servicios de alojamiento, si el contrato prevé una fecha o período de ejecución determinados y distintos de los destinados a vivienda, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y restauración;
5. Contratos relativos a actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o período de ejecución determinado;
6. Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no sean prefabricados y que se fabriquen sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona específica;
7. Productos que se echan a perder rápidamente o tienen una vida útil limitada;
8. Productos precintados que no sean aptos para devolución por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto haya sido roto después de la entrega;
9. Productos que por su naturaleza se mezclen irrevocablemente con otros productos después de la entrega;
10. Bebidas alcohólicas cuyo precio se acordó al celebrar el contrato, pero cuya entrega sólo puede realizarse después de 30 días y cuyo valor real depende de las fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene influencia;
11. Grabaciones de audio, vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
12. Periódicos, publicaciones periódicas o revistas, con excepción de las suscripciones a los mismos;
13. El suministro de contenidos digitales que no sean en un soporte tangible, pero sólo si:
a. la ejecución se haya iniciado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha manifestado que por ello pierde su derecho de desistimiento.
Artículo 11 – El precio
1. Durante el período de vigencia indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precios como consecuencia de cambios en los tipos del IVA.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios con precios variables, cuyos precios estén sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia. Esta responsabilidad ante las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean precios indicativos se indican en la oferta.
3. Los aumentos de precios dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del acuerdo sólo se permiten si son el resultado de disposiciones o disposiciones legales.
4. Los aumentos de precios a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo se permiten si el empresario así lo ha estipulado y:
a. sean el resultado de normas o disposiciones legales; o
b. el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
Artículo 12 – Cumplimiento del contrato y garantía adicional
1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de fiabilidad y/o usabilidad y los requisitos legales existentes en la fecha de celebración del contrato. /o regulaciones gubernamentales. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
2. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos legales y reclamaciones que el consumidor puede hacer valer contra el empresario en virtud del acuerdo si el empresario no ha cumplido su parte del acuerdo.
3. Se entiende por garantía adicional cualquier obligación del empresario, su proveedor, importador o productor en la que concede al consumidor determinados derechos o reclamaciones que van más allá de lo que legalmente está obligado a hacer en caso de que haya incumplido su parte de la obligación el acuerdo.
Artículo 13 – Entrega y ejecución
1. El empresario extremará la diligencia en la recepción y ejecución de pedidos de productos y en la evaluación de solicitudes de prestación de servicios.
2. El lugar de entrega es el domicilio que el consumidor haya comunicado al empresario.
3. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la mayor celeridad, pero a más tardar en el plazo de 30 días, salvo que se haya acordado un plazo de entrega diferente. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede cumplirse o sólo puede cumplirse parcialmente, se notificará al consumidor a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin costes y tiene derecho a cualquier compensación.
4. Tras la disolución conforme al apartado anterior, el empresario devolverá inmediatamente el importe pagado por el consumidor.
5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y puesto en conocimiento del empresario, salvo pacto expreso en contrario.
Artículo 14 – Transacciones de duración: duración, cancelación y prórroga
Terminación:
1. El consumidor puede rescindir un contrato celebrado por tiempo indefinido y que se extiende a la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento, teniendo en cuenta las normas de cancelación acordadas y un plazo de preaviso no superior. de un mes.
2. El consumidor puede rescindir un acuerdo celebrado por un período determinado y que se extiende a la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento hacia el final de la duración fijada, teniendo en cuenta las reglas de cancelación acordadas. y un plazo de preaviso de un máximo de un mes.
3. El consumidor podrá cancelar los contratos a que se refieren los apartados anteriores:
- cancelar en cualquier momento y no limitarse a la cancelación en un momento específico o en un período específico;
- cancelar al menos en la misma forma en que fueron celebrados por él;
- cancelar siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya acordado para sí mismo.
Extensión:
4. Un acuerdo que se haya celebrado por un período determinado y que se extienda a la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un período determinado.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato que se haya celebrado por un período determinado y que se extienda a la entrega regular de noticias diarias y de periódicos y revistas semanales podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de hasta tres meses, si el consumidor podrá rescindir el contrato al finalizar la prórroga con un preaviso no superior a un mes.
6. Un contrato celebrado por un período determinado y que se extiende a la entrega regular de productos o servicios sólo podrá prorrogarse tácitamente por un período indefinido si el consumidor puede cancelarlo en cualquier momento con un preaviso no mayor a un día. mes. El plazo de preaviso es de un máximo de tres meses si el acuerdo se extiende a la entrega regular, pero menos de una vez al mes, de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales.
7. Un acuerdo de duración limitada para el suministro regular de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales con fines introductorios (suscripción de prueba o introductoria) no se prolonga tácitamente y finaliza automáticamente después del período de prueba o introductorio.
Duración:
8. Si un acuerdo tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindir el acuerdo en cualquier momento después de un año con un plazo de preaviso no superior a un mes, a menos que la razonabilidad y la equidad dictaminen contra la rescisión antes del final del plazo acordado. duración posponer.
Artículo 15 – Pago
1. Salvo que se indique lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán pagarse dentro de los 14 días posteriores al inicio del período de reflexión, o en defecto de período de reflexión, dentro de los 14 días posteriores a la celebración del contrato. . acuerdo. En el caso de un acuerdo para la prestación de un servicio, este plazo comienza el día siguiente a que el consumidor haya recibido la confirmación del acuerdo.
2. En la venta de productos a los consumidores, el consumidor nunca podrá estar obligado a pagar más del 50 por ciento de anticipo en las condiciones generales. Si se ha estipulado el pago por adelantado, el consumidor no puede hacer valer ningún derecho con respecto a la ejecución del pedido o servicio en cuestión antes de que se haya realizado el pago por adelantado acordado.
3. El consumidor tiene la obligación de comunicar inmediatamente cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o declarados al empresario.
4. Si el consumidor no cumple con su(s) obligación(es) de pago a tiempo, después de que el empresario le haya informado del retraso en el pago y el empresario le haya concedido un plazo de 14 días para cumplir aún con sus obligaciones de pago, Si el pago no es realizada dentro de este plazo de 14 días, se adeudarán los intereses legales sobre el importe aún adeudado y el empresario tendrá derecho a cobrar los gastos de cobro extrajudicial en que haya incurrido. Estos gastos de cobro ascienden a un máximo de: 15% sobre importes pendientes de pago hasta 2.500 €; 10% sobre los siguientes 2.500€ y 5% sobre los siguientes 5.000€ con un mínimo de 40€. El empresario podrá desviarse de las cantidades y porcentajes indicados en beneficio del consumidor.
Artículo 16 – Procedimiento de quejas
1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramita la reclamación de conformidad con este procedimiento de reclamación.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse de forma completa y claramente descrita al empresario en un plazo razonable después de que el consumidor haya descubierto los defectos.
3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán contestadas en el plazo de catorce días a partir de la fecha de su recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente mayor, el empresario responderá en un plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicando cuándo el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.
4. Una queja sobre un producto, servicio o servicio del empresario también se puede presentar a través del formulario de quejas en la página del consumidor del sitio web de Stichting Webshop Keurmerk (http://keurmerk.info/Home/Misbruik o Klacht). La reclamación se enviará tanto al empresario en cuestión como a la Fundación Webshop Keurmerk.
5. Si la queja no puede resolverse de mutuo acuerdo dentro de un período razonable o dentro de los 3 meses posteriores a la presentación de la queja, surge una disputa que está sujeta al procedimiento de solución de disputas.
Artículo 17 – Controversias
1. Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estos términos y condiciones generales se regirán exclusivamente por la ley de España.
2. Las disputas entre el consumidor y el empresario con respecto a la celebración o ejecución de acuerdos relacionados con productos y servicios que serán entregados o entregados por este empresario, pueden ser presentadas tanto por el consumidor como por el empresario al Comité de Disputas de la Tienda Web, PO Box 90600, 2509 LP en La Haya (www.sgc.nl).
3. Un litigio sólo será tramitado por el Comité de Litigios si el consumidor ha presentado previamente su reclamación al empresario en un plazo razonable.
4. La disputa deberá presentarse por escrito al Comité de Disputas a más tardar tres meses después de que haya surgido la disputa.
5. Si el consumidor desea someter un litigio al Comité de Contenciosos, el empresario está obligado a esta elección. Si el empresario desea hacerlo, el consumidor deberá indicar por escrito dentro de las cinco semanas siguientes a la solicitud por escrito del empresario si así lo desea o si desea que el litigio sea tratado por el tribunal competente. Si el empresario no tiene conocimiento de la elección del consumidor en el plazo de cinco semanas, tendrá derecho a presentar el litigio ante el tribunal competente.
6. El Comité de Disputas toma una decisión en las condiciones establecidas en el reglamento del Comité de Disputas (http://www.degeschilcommissie.nl/over-ons/de-commissies/2701/webshop). Las decisiones del Comité de Controversias se toman mediante asesoramiento vinculante.
7. El Comité de Controversias no se ocupará de un litigio o dejará de tratarlo si al empresario se le ha concedido una suspensión de pagos, se ha declarado en quiebra o realmente ha puesto fin a sus actividades comerciales antes de que el litigio haya sido tratado por el comité en la audiencia y una se ha tomado la decisión final.
8. Si, además del Comité de Litigios de la Tienda Web, es competente otro comité de litigios reconocido o afiliado al Comité de Litigios de la Stichting para Asuntos del Consumidor (SGC) o al Instituto de Quejas de Servicios Financieros (Kifid), el Comité de Litigios de la Stichting Webshop es responsable de los litigios. principalmente relacionados con la modalidad de venta a distancia o prestación de servicios Marca de calidad preferentemente autorizada. Para todas las demás disputas, el otro comité de disputas reconocido afiliado a SGC o Kifid.
Artículo 18 – Garantía de la industria
1. Stichting Webshop Keurmerk garantiza el cumplimiento del asesoramiento vinculante del Comité de Disputas de Stichting Webshop Keurmerk por parte de sus miembros, a menos que el miembro decida presentar el asesoramiento vinculante al tribunal para su revisión dentro de los dos meses siguientes a su envío. Esta garantía se reactiva si el dictamen vinculante ha sido confirmado después de la revisión por el tribunal y la sentencia que lo demuestra ha adquirido firmeza y firmeza. Hasta un importe máximo de 10.000 € por aviso vinculante, Stichting Webshop Keurmerk pagará este importe al consumidor. Para importes superiores a 10.000€ por aviso vinculante se abonarán 10.000€. Para el exceso, Stichting Webshop Keurmerk tiene la obligación de hacer todo lo posible para garantizar que el miembro cumpla con los consejos vinculantes.
2. Para aplicar esta garantía, es necesario que el consumidor presente un recurso por escrito ante Stichting Webshop Keurmerk y que transfiera su reclamación contra el empresario a Stichting Webshop Keurmerk. Si la reclamación contra el empresario supera los 10.000 €, se ofrece al consumidor transferir su reclamación, en la medida en que supere los 10.000 €, a Stichting Webshop Keurmerk, después de lo cual esta organización realizará el pago en su propio nombre y en su nombre. por cuenta propia, lo exigirá legalmente para satisfacer al consumidor.
Artículo 19 – Disposiciones adicionales o diferentes
Las disposiciones adicionales o diferentes de estas condiciones generales no podrán perjudicar al consumidor y deberán registrarse por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte de datos duradero.
Artículo 20 – Modificaciones de las condiciones generales
1. No cambiaremos estos términos y condiciones generales sin consultar con las autoridades correspondientes.
2. Los cambios a estos términos y condiciones sólo entrarán en vigor después de que hayan sido publicados de manera adecuada, en el entendido de que en caso de cambios aplicables durante la vigencia de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable al consumidor.